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BECAS EDUCACION ESPECIAL 2024-2025 - CONVOCATORIA AYUDAS PARA ALUMNOS CON NECESIDAD ESPECIFICA DE APOYO EDUCATIVO (ACNEAES)

Jueves, 25 Abril, 2024 hasta el Lunes, 30 Septiembre, 2024

Se adjunta Extracto y convocatoria de la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, publicada en el BOE Núm. 96 de 12 de abril de 2024, por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2024-2025.

  • El plazo de presentación de solicitudes comienza el 30 de abril y se extenderá hasta el 13 de septiembre de 2024 inclusive (art. 10.3).
  • Las solicitudes deberán cumplimentarse por los interesados, mediante el formulario accesible por Internet en la dirección www.educacionyfp.gob.es o a través de la sede electrónica del MEFPD en la dirección https://sede.educacion.gob.es/portada.html

De ese modo se genera una solicitud en PDF que los familiares y/o interesados deben imprimir y presentar en el Centro Educativo (obligatoriamente), a fin de que sea recepcionada (registrada dentro del plazo establecido) y se cumplimenten los datos solicitados al Centro y al orientador y/o orientadora del centro.

Beneficiarios:

  • Alumnos con discapacidad de al menos el 25% (NOVEDAD).
  • TDAH asociado a discapacidad de al menos el 25%, Trastorno GRAVE de conducta o Trastorno GRAVE de la comunicación y del lenguaje.
  • Trastorno grave de conducta.
  • TEA (Certificado de médico especialista actualizado y expedido por servicios de salud sostenidos con fondos públicos).
  • Trastorno Grave de la Comunicación y del Lenguaje.
  • Altas capacidades.

En el caso de que los alumnos autoricen a los centros educativos a cobrar en la cuenta del centro, deberá solicitar el certificado de titularidad de la cuenta que, tal y como viene establecido en la convocatoria, debe corresponder al colegio en el que el alumno está matriculado.

Se debe tener en cuenta que las cantidades no correspondiente a transporte y/o comedor deben ser transferidas a la unidad familiar una vez recibido el ingreso por parte del Ministerio de Educación.

Es importante que el centro educativo marque las ayudas propuestas tal y como se indica en la solicitud. Deben tener en cuenta lo siguiente:

  • Ayuda de enseñanza NO se puede solicitar para alumnos matriculados en centros públicos o concertados .
  • Ayuda de material NO procede en el caso de alumnos de educación infantil.
  • Ayuda de Transporte. Tiene que estar justificada la necesidad de transporte por el tipo de discapacidad y la distancia.
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  • ---Las solicitudes que remitan para su tramitación deben adjuntar la siguiente documentación:
  • Alumnos con discapacidad reconocida.- Copia de la tarjeta de discapacidad en vigor.
  • Alumnos Sin discapacidad reconocida.- Diagnóstico médico.
  • Familia numerosa.- Copia del título de familia numerosa en vigor.
  • Todas la becas tienen que venir acompañadas de copia de la cuenta bancaria en la que el alumno sea titular o cotitular.
  • La convocatoria del próximo curso 2024/2025 vuelve a establecer una ayuda para gastos adicionales de carácter general por importe de 400€ (al igual que en la convocatoria anterior). Ésta se concederá automáticamente cuando se notifique la concesión a los interesados por lo que las familias y los centros educativos tienen que rellenar las solicitudes como siempre sin necesidad de realizar ningún trámite adicional.
  • OJO LOS DATOS QUE SE INDIQUEN EN LA SOLICITUD Y EN LOS CERTIFICADOS DE MATRICULACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO DEBEN CORRESPONDER AL CURSO ACADÉMICO 2024/2025.

    Por ejemplo, si un alumno o alumna en el curso siguiente va a estar matriculado en 1ºESO en un IES, será este centro el que deberá certificar su matriculación y no el colegio en el que se encuentre matriculado este año.

 

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